Cercado

Serfor decomisa madera extraída ilegalmente

Producto está valorizado en más de 10 mil soles

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DIARIO VIRAL

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Personal del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) decomisó 571 pies tablares de madera de la especie cedro (Cedrela odorata) de procedencia ilegal en un establecimiento comercial ubicado en el Cercado de Arequipa. La madera decomisada estaría valorizada en S/10 279.

La intervención se realizó el último domingo por la mañana, momento en que el equipo de Control Forestal de la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre (ATFFS) Arequipa encontró in fraganti un camión que descargaba la madera ilegal dentro de un establecimiento. 

El intervenido presentó una Guía de Transporte Forestal (GTF) ?documento obligatorio que certifica la legalidad del producto?, sin embargo, los datos allí declarados no coincidían con los de la carga encontrada. Debido a ello, se confirmó que la extracción de la especie fue hecha sin autorización y que su adquisición era ilegal. Como se sabe, la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, señala esta acción como una falta muy grave.

El responsable del producto forestal será sometido a un proceso administrativo sancionador por parte del Serfor, debido a lo actuado. Por otro lado, la madera fue decomisada y trasladada a las instalaciones de la ATFFS Arequipa.

GUIA DE TRANSPORTE. La Ley Forestal y de Fauna Silvestre señala que la Guía de Transporte Forestal es el documento que ampara la movilización de productos forestales, sean en estado natural o producto de una primera transformación. La GTF tiene carácter de declaración jurada y es emitida y presentada por el titular del título habilitante o por el regente, siendo los firmantes responsables de la veracidad de la información que contiene. 

Para el transporte de productos forestales es obligatorio tener la GTF en el vehículo desde el embarque hasta su destino. En este documento se debe consignar, entre otros, la procedencia y destino final del producto transportado.

De corresponder, es factible solicitar la emisión de la GTF, para lo cual se puede acceder a la página web del Serfor

Datos 
-    La posesión de productos forestales que no está amparada por la GTF es una falta muy grave, cuya multa es mayor a 10 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) hasta 5000 UIT. 
-    El funcionamiento de un establecimiento que no cuente con la autorización emitida por la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre es una falta grave con multas de entre 3 y 10 UIT, según el D.S. N° 007-2021-MIDAGRI.

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