La jueza del Quinto Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Delitos Asociados a la Violencia contra las Mujeres, Crisley Herrera Claure, dictó una sentencia de 4 años de pena privativa de la libertad suspendida contra Juan Dávila D., tras hallarlo responsable del delito de acoso en agravio de su exenamorada. Según la investigación fiscal, el sentenciado realizó reiterados actos de acoso.
Entre ellos, destacó el uso de Yape, desde donde enviaba mensajes gastando montos mínimos —como 10 céntimos— para insistir en retomar la relación.
La víctima decidió alejarse y bloqueó al imputado en llamadas y mensajes de WhatsApp; sin embargo, este persistió.
Durante el juicio, Dávila admitió los cargos, acogiendo la conclusión anticipada del proceso. Como parte de la sentencia, el juzgado ordenó el pago de S/1000 por concepto de reparación civil, así como el cumplimiento obligatorio de terapias psicológicas y otras reglas de conducta, considerando que la sanción es suspendida por dos años.
La magistrada advirtió al imputado que en caso incumpla una sola de las reglas de conducta, se dispondrá su inmediato internamiento en el penal que disponga el INPE.