La Policía Nacional del Perú (PNP) declaró como información reservada toda la data contenida en el Sistema de Denuncias Policiales y en el Sistema de Registro de Denuncias de Investigación Criminal. La medida se oficializó mediante la Resolución Directoral N.° 009, firmada el 25 de agosto de 2025 por el general Javier Manuel González Novoa, director de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la PNP.
La disposición establece que la reserva tendrá una vigencia de cinco años contados desde su publicación, independientemente del soporte en que se encuentre la información. Esto significa que denuncias ingresadas a través de dichos sistemas no podrán ser de acceso público durante ese periodo.
Según el documento, la medida se ampara en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Ley N.° 27806) y en las directivas internas de la institución. El argumento central es que revelar información contenida en las denuncias podría entorpecer investigaciones en curso y poner en riesgo la seguridad ciudadana, el orden interno y la integridad de las personas involucradas.
La resolución también dispone que la Unidad de Recepción Documental de la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones de la PNP adopte acciones para registrar y custodiar la información clasificada. En la práctica, esta medida limita que ciudadanos, periodistas o instituciones externas accedan a los datos de denuncias, salvo excepciones previstas por ley.
Especialistas en transparencia han advertido que este tipo de disposiciones restringe de manera significativa la fiscalización externa sobre el trabajo policial. Sin embargo, la PNP sostiene que la reserva es necesaria para garantizar la eficacia de las investigaciones y la estabilidad del orden público. Al término del plazo de cinco años, se evaluará si corresponde mantener la clasificación de reservada o proceder a su desclasificación.