Una vez más el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ratificó su posición sobre las reformas sobre el sisteme electoral propuestas en el Congreso y que ahora se debatirá en la Comisión de Constitución del Congreso. El proyecto busca a reducir el número de integrantes de la sala suprema electoral, eliminar el pleno y establecer aproximadamente 60 jurados electorales especiales permanentes.
A través de un pronunciamiento difundido en sus redes oficiales expresó su posición en contra de los proyectos de ley de reforma constitucional destinados a "modernizar y fortalecer el sistema electoral".
La entidad precisa que a la fecha los cinco integrantes del pleno del JNE cuentan con mandato vigente, por lo que toda reforma que suponga recortarlo, mediante la aplicación inmediata de una norma que altere su actual composición, "devendría en arbitraria e inconstitucional injerencia".
Salas jurisdiccionales
Asimismo, refiere que el JNE mostró su desacuerdo con la propuesta para aumentar a siete el número de miembros del pleno institucional, dirigida a crear dos salas jurisdiccionales supremas integradas por tres miembros cada una, que actuarían en última y definitiva instancia jurisdiccional en materia electoral.
"Las supremas instancias administradoras de justicia en ultima instancia en Perú, como el Poder Judicial, se conforman por cinco miembros, con lo que se asegura el debate necesario para la revisión de las causas y emisión de las resoluciones respectivas", agrega.
Por ello sostiene que establecer dos salas, cada una con solo tres integrantes, "no garantiza una correcta administración de justicia electoral, en última y definitiva instancia", dado que recorta el debate e impide la razonable discrepancia, pudiendo llegar a paralizar los procesos jurisdiccionales electorales que son por naturaleza céleres.
Liquidación del pleno
"En forma adicional, con esa propuesta se liquida el pleno, que por mandato constitucional es la máxima autoridad en la resolución de los conflictos electorales", refiere.
Además señala que teniendo en cuenta la dinámica y celeridad de los procesos electorales, "resulta inviable que se constituyan salas electorales", ya que su existencia "generaría riesgo de pronunciamientos contradictorios, hiriendo la predictibilidad y, por ende, la seguridad jurídica".
"Al pleno se le otorga, de manera expresa, la condición de máxima autoridad del JNE. En ese sentido, no cabe que existan órganos que ejerzan competencias similares a las que corresponden al órgano de cierre a la jurisdicción electoral. Expresado en otros términos, no pueden coexistir salas electorales y el pleno del JNE", añade.
Sin exposición de motivos
Por otro lado, el pronunciamiento deja constancia que "no se exponen los motivos, ni se encuentra un sustento razonable para adelantar la culminación del mandato o apartar de la función jurisdiccional electoral al integrante que elige la Corte Suprema", quien ejerce la presidenta del JNE, como se plantea en los proyectos de ley.
También, el incremento de uno a tres de los representantes de los gremios de abogados de Perú, como se plantea en las iniciativas legislativas, generará un desequilibrio impropio de la composición plural y democrática que actualmente tiene el pleno del JNE.
"En un Estado constitucional de derecho nadie puede interferir en el funcionamiento del Supremo Tribunal Electoral introduciendo modificaciones a la Constitución que afecten las garantías que la propia norma fundamental ha previsto para la conformación plural y democrática y el desarrollo del funcionamiento del supremo organismo electoral, constitucionalmente autónomo (...)", explica.
Sin estudio
En cuanto a la reforma sobre la implementación de jurados electorales descentralizados para establecer su permanencia, el JNE expresa que "se requiere analizar la materia con suficiencia y serenidad, en un escenario de tranquilidad social".
"Se deben potenciar sus competencias en un contexto adecuado para el debate y el ejercicio funcional, evitando que perduren innecesariamente sin labor constante, teniendo presente que se componen de tres jueces electorales de primera instancia con rango de jueces superiores del Poder Judicial, así como con los colaboradores y la logística correspondientes", afirma.
En ese sentido, el pleno del organismo electoral asegura que "no se ha estudiado con suficiencia el impacto económico de la propuesta", teniendo en cuenta las remuneraciones de los magistrados de las salas, el personal que las integraría, los locales, entre otros.