El Poder Judicial ordenó continuar la investigación penal por la muerte de 27 trabajadores mineros en la mina Yanaquihua, tras rechazar la solicitud de archivo presentada por la Fiscalía Provincial Mixta de Condesuyos, que pretendía cerrar el caso asegurando que el siniestro fue resultado de una “autopuesta en peligro” por parte de las víctimas.
La jueza de investigación preparatoria, María del Carmen Rendón Vigil, determinó que existen indicios de incumplimientos estructurales y fallas de seguridad que deben ser analizados en juicio oral, reabriendo la vía para la posible imputación de responsabilidades vinculadas al siniestro ocurrido en mayo de 2023.
En una decisión clave para la justicia laboral y penal, la magistrada declaró infundado el pedido de sobreseimiento del fiscal Giovanni Matos Palza, quien había planteado el archivo definitivo argumentando que las muertes fueron consecuencia de decisiones de los propios mineros durante el incendio en la madrugada del 6 de mayo.
La magistrada señaló que la tesis de “autopuesta en peligro” no se sostiene, porque el incendio no fue provocado por los trabajadores, sino que habría sido desencadenado por fallas estructurales y ausencia de supervisión de seguridad obligatoria, como instalaciones eléctricas precarias y falta de señalización adecuada.
La resolución judicial consignó que el riesgo mortal no fue creado por los trabajadores, sino por condiciones estructurales ajenas a su voluntad, encuadrando el caso en la figura de “heteropuesta en peligro”, donde la empresa mantiene el dominio del riesgo y no puede trasladar la responsabilidad penal a los mineros fallecidos.
El fallo incorpora un informe de ingeniería forense que ubica el origen del incendio en zonas con cableado eléctrico comprometido y materiales combustibles, y alerta que al momento del accidente la mina operaba sin ingeniero ni supervisor de seguridad durante el turno nocturno, en abierta infracción del reglamento de seguridad minera.
La resolución también observa que la postura fiscal se sustentó casi exclusivamente en el testimonio del supervisor sobreviviente, Roberto Rudy Quispe Monroy, de la subcontratista Sermigold S.A.C., y que esto no puede sustituir un análisis técnico riguroso en un juicio oral.
Para el fiscal, el hecho de que Quispe hubiera advertido a su supervisor Apolinar Flores Meneses sobre altos niveles de monóxido de carbono, y la respuesta del otro trabajador de “sí, sí, ahorita los sacamos”, demostraba conocimiento del riesgo.
Sin embargo, la jueza consideró que esto no es suficiente para cerrar el proceso sin una evaluación más completa de las condiciones laborales y de seguridad.
Con esta decisión, la investigación deberá ser asumida por un fiscal superior, que continuará reuniendo pruebas y preparando la causa para un posible juicio oral, mientras el caso vuelve a poner bajo escrutinio público a los directivos de Minera Yanaquihua S.A.C. y la contratista Sermigold, señalados por presuntas negligencias en el cumplimiento de estándares de seguridad.
Este pronunciamiento judicial surge en un contexto en que, como han documentado medios de investigación, la empresa y su contratista han alcanzado acuerdos extrajudiciales con los deudos de las víctimas, lo que hasta ahora ha limitado las objeciones formales de las familias ante intentos previos de archivamiento del caso por parte del Ministerio Público.
Fuente: Convoca.