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Excluyen a Agustín Condori de elecciones en Caravelí

El JEE de Camaná declaró fundada la tacha contra el candidato de Fe en el Perú por omitir una sentencia en su hoja de vida

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ANDREA RAMOS

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El Jurado Electoral Especial (JEE) de Camaná resolvió excluir a Agustín Condori Motta de la contienda por la alcaldía de la Municipalidad Provincial de Caravelí, luego de declarar fundada la tacha presentada en su contra por el ciudadano Emerson Yunior Garay Guerreros.

La decisión, emitida mediante la Resolución N.° 00413-2026-JEE-CMNA/JNE, concluyó que el aspirante de la organización política Fe en el Perú incumplió con consignar una sentencia condenatoria por delito doloso en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV), motivo por el cual quedó fuera del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2026.

 

TACHA. De acuerdo con la resolución, el JEE determinó que Condori Motta omitió declarar, en el Rubro V de su DJHV, una sentencia condenatoria por el delito de omisión a la asistencia familiar.

Durante el procedimiento, la agrupación Fe en el Perú sostuvo que la información había sido presentada mediante un escrito complementario y que el candidato contaba con una resolución judicial de rehabilitación.

Sin embargo, el colegiado consideró que esos argumentos no subsanaban la omisión inicial en el documento oficial exigido para la inscripción de candidatos.

 

DOCUMENTO. En la parte resolutiva del expediente, el Jurado Electoral Especial dispuso "declarar fundada la tacha" presentada contra Agustín Condori Motta y "disponer la exclusión del candidato" del proceso electoral, además de actualizar su condición como "EXCLUIDO" en el procedimiento de inscripción.

Asimismo, recordó que la omisión de una sentencia condenatoria por delito doloso vulnera el principio de veracidad de la Declaración Jurada de Hoja de Vida y constituye una causal de exclusión prevista en el Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para las Elecciones Municipales 2026.

 

CANDIDATO. Agustín Condori Motta es el actual alcalde distrital de Chala y buscaba alcanzar la alcaldía provincial de Caravelí representando a Fe en el Perú.

La resolución también establece que la decisión aún puede ser impugnada mediante un recurso de apelación, el cual deberá presentarse dentro del plazo de tres días calendario contados desde el día siguiente de la publicación del fallo en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones.

ANDREA RAMOS

ANDREA RAMOS

Periodista

Periodista en Diario Viral. Comprometidos con la verdad y la información de Arequipa.

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