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Promotores educativos comunitarios recibirán pago equivalente a S/1025

Enmarcados en los Programas no escolarizados de educación inicial (Pronoei) del ciclo I y II

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DIARIO VIRAL

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Los promotores educativos comunitarios de los Programas no escolarizados de educación inicial (Pronoei) del ciclo I y II recibirán un pago equivalente a S/ 1025, es decir, una remuneración mínima vital (RMV). Conoce los detalles de esta autógrafa de ley en la siguiente nota.

Dicha medida, que beneficia a los promotores educativos, fue aprobada el pasado miércoles 21 de junio durante la sesión del pleno del Congreso y la autógrafa de ley fue firmada ayer, jueves 6 de julio, en el marco del día del maestro.

De acuerdo con el contenido de la autógrafa, la ley tiene el objetivo de regular el incremento en las propinas de las y los promotores educativos comunitarios en ámbitos rurales y urbanos a una RMV.

La medida busca fortalecer la educación de la primera infancia y optimizar la educación inicial. "Es importante salvaguardar la continuidad de este modelo de apoyo para la educación", señaló el congresista José Luna Gálvez, presidente de La Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso.

"El beneficio es enorme en la población, ya que, por situaciones geográficas o conectividad, los niños de estas zonas no tienen acceso a una educación básica, y mediante esta modalidad el Estado brinda un servicio de educación mediante los promotores", agregó el parlamentario.

Cabe mencionar que, hasta el momento, los promotores educativos comunitarios de Pronoei en ámbitos rurales tiene una asignación mensual de propina por un monto de S/ 700, mientras que los promotores de ámbitos urbanos cuentan con el monto de S/ 500.

La norma también autoriza al Ministerio de Educación realizar modificaciones presupuestarias durante el presente año fiscal (2023) a fin de dar cumplimiento a la misma.

"Estas modificaciones presupuestarias se realizan con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Educación y sin demandar recursos adicionales al tesoro público", señala la autógrafa de ley.

Así, a fin de efectuar los cambios en la remuneración ya mencionados será necesaria la publicación de la autógrafa en el Diario Oficial El Peruano.

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