La Primera Sala Constitucional de Lima resolvió admitir a trámite la acción de amparo presentada por la defensa de Dina Boluarte contra la vacancia presidencial aprobada por el Congreso de la república el pasado 10 de octubre. Con esta decisión, el Poder Judicial abre la revisión constitucional del procedimiento parlamentario que puso fin al mandato de la exjefa de Estado.
De acuerdo con la resolución judicial, la sala se declaró competente en aplicación del artículo 42 del Código Procesal Constitucional, que faculta a las salas superiores a conocer demandas de amparo dirigidas contra decisiones del Congreso dentro de procesos parlamentarios. En ese marco, el colegiado programó la audiencia única del caso para el 12 de marzo de 2026, a las 9:00 horas, instancia en la que se escucharán los argumentos de ambas partes.
Además, el tribunal dispuso correr traslado de la demanda al Congreso, otorgando un plazo de diez días hábiles al procurador parlamentario para que formule su contestación. La resolución precisa que las notificaciones deberán realizarse mediante las casillas electrónicas oficiales, conforme a lo establecido en el Código Procesal Constitucional.
Como antecedente, la defensa legal de Boluarte ha sostenido que el proceso de vacancia vulneró gravemente el derecho a la defensa. En una entrevista previa con RPP, su abogado Joseph Campos afirmó que el Parlamento actuó con premura extrema. “Se citó a la presidenta con un margen irrazonable y se pretendía resolver todo en minutos y de madrugada”, cuestionó.