El Ministerio de Educación (Minedu) estableció restricciones al uso personal y recreativo de teléfonos celulares para niños de educación inicial durante la jornada escolar, tanto en instituciones públicas como privadas. La disposición fue aprobada mediante la Resolución Ministerial n.° 612-2026-MINEDU, publicada en el diario oficial El Peruano.
La norma comprende llamadas, mensajes, juegos, redes sociales, reproducción de contenidos y toma de fotografías o videos, además de cualquier otra actividad con celulares que no responda a necesidades educativas específicas.
La disposición delimita el uso de estos dispositivos durante el horario escolar y restringe las actividades que no tengan una finalidad educativa.
El Minedu establece que otros dispositivos tecnológicos podrán utilizarse de manera excepcional como recursos pedagógicos, siempre que exista un objetivo educativo claro y una planificación acorde con las características y necesidades de los niños de educación inicial.
Su uso deberá ser breve y pertinente, con acompañamiento docente, y complementar las experiencias de juego, exploración, movimiento, comunicación e interacción.
La restricción contempla excepciones cuando el teléfono sea necesario para atender necesidades educativas específicas, barreras para el aprendizaje, cuestiones de salud, condiciones de discapacidad u otras circunstancias debidamente sustentadas.
En estos casos, el uso deberá ajustarse a la normativa vigente y contar con la supervisión del personal educativo correspondiente.
La resolución también dispone que las instituciones educativas promuevan entre las familias prácticas responsables y equilibradas en el uso de dispositivos tecnológicos.
Entre las acciones previstas figuran fomentar espacios libres de pantallas, la interacción familiar, el juego, la actividad física, la lectura y la comunicación, como parte del desarrollo integral de los niños.
La implementación de estas disposiciones estará a cargo de las Direcciones Regionales de Educación, las Unidades de Gestión Educativa Local y las instituciones y programas educativos públicos y privados, dentro de sus respectivas competencias.
La medida se enmarca en la aplicación de la Ley N.° 32385, que regula el uso de teléfonos celulares en instituciones y programas educativos de educación básica. Su reglamento fue establecido mediante el Decreto Supremo n.° 018-2026-MINEDU, que desarrolla disposiciones para los niveles de primaria y secundaria.