La afirmación de la consejera regional por Arequipa, Marleny Bibiana Armita Valencia, que tildó de “arbitraria” la gestión que cumple el presidente del Consejo Regional de Arequipa (CRA), carece de todo sustento legal y contradice totalmente lo que señala el reglamento del Consejo en sus artículos 24 y 25.
Así de tajante fue su respuesta en la entrevista telefónica que tuvo con Diario Viral el presidente del Consejo Regional de Arequipa y presidente de la Comisión de Asuntos y Normas Legales del CRA, doctor Miguel Ángel Linares Riveros, quien minimizó la intervención de la citada consejera en la sesión ordinaria del GRA del último martes 20 de junio al tildar de arbitraria su gestión, demostrando su desconocimiento del significado de arbitrariedad.
La calificación de una gestión arbitraria del titular del Consejo Regional efectuada por la consejera Marleny Arminta, generó el debate planteado por la vicepresidenta del Consejo Regional Norma Alejandra Ortega Valdivia, que cuestionó la designación de la delegación que debía asistir al evento de la mancomunidad sur denominado Congreso Nacional de Consejeros Regionales los días 23 y 24 del presente mes, donde planteó que ella debía viajar y no las personas que fueron designadas de acuerdo a lo establecido en el reglamento del Consejo.
“Desde que asumí mis funciones como presidente del Consejo Regional del Arequipa, mis acciones y determinaciones se basan en lo que señala el reglamento del Consejo y en este caso, lo dispuesto en los artículos 24 y 25, donde se establece claramente las acciones que deben aplicarse en este caso”, afirmó el doctor Linares Riveros.
Cabe puntualizar que el artículo 24 en lo referente a las atribuciones del presidente del Consejo Regional de Arequipa indica en el 24.1 que es responsabilidad del presidente representar al Consejo Regional de Arequipa y dirigir de manera concertada su organización y funcionamiento.
Mientras que el 24.2 señala que debe despachar toda la correspondencia recibida en mesa de partes y de ser necesario, derivar a quien corresponda para su trámite.
El 24.11 puntualiza que el presidente está facultado para delegar funciones a algún consejero regional o funcionario del Consejo Regional de Arequipa.
La intervención de la consejera Norma Ortega, motivo infructuosamente la discusión de casi tres horas, para que finalmente la totalidad de consejeros respalden la decisión que tomó el doctor Linares Riveros, quien actuó de acuerdo a lo dispuesto en el reglamento del Consejo Regional de Arequipa.