Política

JEE exige respuesta a Jerí por presunta infracción electoral

El Jurado Electoral Especial otorgó un plazo de un día al presidente y a todo su gabinete para responder por una posible vulneración al principio de neutralidad electoral, tras declaraciones del mandatario que habrían favorecido a Somos Perú

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DIARIO VIRAL

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El pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro I (JEE Lima Centro) encendió las alertas institucionales al otorgar un plazo de 24 horas al presidente interino José Jerí y a todos los ministros de Estado para que expliquen una presunta infracción al deber de neutralidad electoral. La medida responde a un informe de fiscalización que concluyó que el mandatario habría emitido expresiones favorables a Somos Perú durante una entrevista televisiva.

Aunque la observación inicial recayó únicamente sobre Jerí, el tribunal electoral decidió notificar a todo el Consejo de Ministros debido al artículo 128 de la Constitución, que establece la responsabilidad solidaria de los ministros frente a actos violatorios de la ley cometidos por el presidente. En su resolución, el JEE recordó que esta obligación constitucional alcanza cualquier conducta que pueda interferir en la equidad del proceso electoral.

El plazo de un día comenzará a correr una vez que la resolución sea entregada formalmente en Palacio de Gobierno, el domicilio del jefe de Estado y cada ministerio. La decisión marca el inicio de un eventual proceso sancionador, en un momento en que las autoridades buscan garantizar estrictos parámetros de neutralidad ante el ciclo electoral en marcha.

El informe de Fiscalización que motivó la actuación del JEE identificó que Jerí, al participar en el programa televisivo El Valor de la Verdad el pasado 23 de noviembre, habría exaltado al Partido Democrático Somos Perú al referirse a este como su “único amor político” y destacar su rol en la gobernabilidad. Para el órgano fiscalizador, estas expresiones “enaltecen y posicionan” a la organización política frente al electorado, lo que podría interpretarse como una intervención indebida desde el cargo más alto del Estado.

El análisis concluye que, al pronunciarse en su condición de presidente de la República, Jerí podría haber contravenido el inciso b) del artículo 33 del Reglamento de Neutralidad, que prohíbe a funcionarios de alto nivel incidir en la intención de voto de terceros. Con la notificación realizada, el Ejecutivo queda obligado a justificar sus declaraciones y enfrentar un proceso que podría escalar hacia sanciones mayores si el JEE determina que hubo vulneración efectiva de la normativa electoral.

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