El fiscal coordinador de las fiscalías de crimen organizado, Jorge Chávez Cotrina, anunció que el Ministerio Público seguirá realizando allanamientos sorpresivos en sus operativos contra organizaciones criminales tras la nueva ley promulgada por el Congreso, que establece estándares para la definición de organización criminal.
Chávez Cotrina explicó que esta decisión se basa en la reciente modificación del acto procesal de allanamiento por parte del Congreso. Según el fiscal, la modificación afecta una norma que, según la Corte Suprema, se aplicaba únicamente a casos en liquidación bajo el código procesal de 1940, en lugar del artículo 214 del Código Procesal Penal de 2004.
El fiscal también señaló: "Hemos tenido ya una reunión con todos los fiscales de crimen organizado a nivel nacional y hemos establecido como criterio que, al no haberse modificado el Código Procesal Penal, continuaremos realizando los allanamientos de acuerdo con la normativa vigente. En consecuencia, no aplicaremos esta modificación. Sin embargo, esto podría provocar una serie de acciones de tutela por parte de los abogados, que finalmente deberá resolver el Poder Judicial."
Además reconoció que la norma aprobada en el Congreso aborda dos aspectos: uno sustantivo, relacionado con la modificación del tipo penal, articulo 317 del Código Penal, y otro procesal, vinculado a los allanamientos. En cuanto al primer aspecto, el fiscal destacó que se han establecido nuevos elementos para definir una organización criminal, como la exigencia de una estructura compleja y capacidad operativa significativa.
No obstante, expresó su preocupación por la segunda parte, que estipula que las organizaciones criminales deben dedicarse a delitos con penas superiores a seis años. “No sabemos a qué penas se refiere el legislador”, señaló
El fiscal agregó que la norma implica que toda organización criminal debe estar involucrada en delitos cuya pena supere los seis años y que tenga como objetivo el control de la cadena de valor de la economía ilegal.
En este contexto, mencionó que los delitos de narcotráfico, medioambientales y de tráfico de billetes quedarían dentro de este concepto, mientras que delitos como corrupción de funcionarios, extorsión y otros vinculados a temas informáticos y pornografía infantil podrían quedar excluidos.