La Defensoría del Pueblo anunció que podría acudir al Tribunal Constitucional para solicitar la nulidad de la Ley N.° 32735, que modifica el Código Penal Policial-Militar y redefine la competencia de la justicia militar, al considerar que primero debe verificarse si la norma respeta los límites establecidos por la Constitución.
La Defensoría del Pueblo informó que inició una evaluación jurídica de la Ley N.° 32735, recientemente promulgada, para determinar si las modificaciones introducidas al Código Penal Policial-Militar y al Nuevo Código Procesal Penal se ajustan al marco constitucional y a los compromisos internacionales asumidos por el Estado peruano en materia de derechos humanos.
La entidad explicó que el análisis incluirá un test de constitucionalidad, mediante el cual verificará si la norma cumple con los principios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Si la ley no supera estos criterios, presentará una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.
Uno de los aspectos que genera mayor debate es que la norma redefine el concepto de delito de función para miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, especialmente durante estados de emergencia, además de ampliar la competencia de la jurisdicción militar-policial en determinados casos vinculados al ejercicio del servicio.
La ley también establece que un efectivo policial o militar no podrá ser procesado de manera simultánea por los mismos hechos en la justicia ordinaria y en la militar-policial, e incorpora mecanismos para resolver conflictos de competencia, otorgando prioridad al fuero militar en determinados supuestos. Asimismo, endurece las sanciones para los agentes que colaboren con organizaciones criminales aprovechando su cargo.
La Defensoría recordó que la jurisdicción militar-policial tiene un carácter excepcional y, conforme al artículo 173 de la Constitución, solo debe intervenir en delitos estrictamente vinculados a la función militar o policial. Por ello, sostuvo que cualquier modificación a este régimen debe respetar los criterios fijados por el Tribunal Constitucional y los tratados internacionales sobre derechos humanos.
Finalmente, la institución reafirmó que concluirá primero un análisis técnico y objetivo antes de decidir si interpone la demanda ante el máximo intérprete de la Constitución, con el propósito de garantizar la independencia del sistema de justicia y la protección de los derechos fundamentales.