Ante el anuncio de las protestas para el 7 de diciembre, el Ejecutivo realizó cambios al Código Penal para sancionar a aquellos que bloqueen carreteras o alteren el orden público. Las medidas fueron detalladas por el premier Alberto Otárola quien sostuvo que los cambios se hicieron con la facultad legislativa otorgada por el Congreso.
El decreto 1589 manifiesta que aquellos que bloqueen las pistas y no permitan la circulación serán condenados con una pena mínima de 10 años y una máxima de 15 años de prisión. De igual modo, las personas que afecten a la propiedad privada pueden ser sentenciados con 10 años de cárcel.
Asimismo, Otárola Peñaranda indicó que se aprobó la creación de la Central Única de Atención de Emergencias y Urgencias 911, que integrará a la PNP, Bomberos y Servicio de Atención Móvil de Urgencia
“Debo comunicar que se ha publicado el Decreto Legislativo 1589, que adopta una serie de medidas, acordadas y discutidas en el Consejo de Ministros. Estamos modificando el Código Penal para garantizar la seguridad pública. Estas penas por bloqueo se han agravado hasta con 15 años de cárcel. Las penas van a ser severas y también efectivas”, expresó en conferencia de prensa.
Asimismo, mencionó que si se violentan recursos, infraestructuras y sistemas que son “esenciales para desarrollar y mantener las capacidades nacionales vinculadas a servicios públicos”, la pena será no menor de ocho años ni mayor de 10 y con 180 a 365 días multa.
Otra de las modificaciones en el Código Penal menciona que si se atenta contra la integridad física de las personas y se causa grave daño a la propiedad pública o privada, la pena privativa de la libertad será no menor de seis ni mayor de ocho años, con 180 a 365 días-multa.
Cabe mencionar que quienes colaboren con el delito de disturbios, de acuerdo con el DL 1589, también recibirán una sanción. De acuerdo al documento, “serán reprimidos con pena privativa de la libertad hasta con seis años el que de manera voluntaria realiza los siguientes actos: proveer cualquier mueble, objeto o instrumento que facilite las actividades del agente del delito de disturbio. Aportar recursos financieros o económicos para la adquisición de mueble, objeto o instrumento que facilite las actividades del agente del delito de disturbio”.
“Los peruanos requieren trabajar y transportarse y que se asegure su derecho al libre tránsito. [...] Es hora de que respondan por los actos aquellos que pretender cortar, suspender o afectar los derechos de todos los peruanos”, declaró el titular de la PCM.
En ese sentido, hizo un llamado al Ministerio Público “para que, a partir de la fecha, a través de este nuevo marco penal, puedan aplicar las penas y abrir las carpetas fiscales correspondientes”.