La Cancillería del Perú aclaró que el informe emitido por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas respecto al expresidente Pedro Castillo no constituye una decisión jurisdiccional obligatoria y, por tanto, no tiene efectos directos sobre el ordenamiento jurídico peruano.
El pronunciamiento fue difundido, luego de que el organismo de la ONU concluyera que la detención del exmandatario fue arbitraria y recomendara su liberación inmediata.
A través de un comunicado, el Ministerio de Relaciones Exteriores explicó que el Grupo de Trabajo es un mecanismo de supervisión de carácter no jurisdiccional, cuyo objetivo es promover el diálogo y la cooperación internacional en materia de derechos humanos. En ese sentido, precisó que sus informes no tienen la naturaleza jurídica de una sentencia internacional.
Asimismo, la Cancillería enfatizó que este tipo de pronunciamientos no modifica las resoluciones emitidas por las autoridades nacionales competentes, las cuales continúan rigiéndose por el marco constitucional y legal vigente en el país.
ANTECEDENTE. El comunicado se conoció horas después de que la defensa de Pedro Castillo presentara una demanda de hábeas corpus ante el Poder Judicial, sustentándose en el informe de la ONU para solicitar la liberación del exjefe de Estado. Además, el recurso busca que se declare nula la resolución del Congreso que aprobó su vacancia presidencial en diciembre de 2022, al considerar que se vulneró el debido proceso y el procedimiento constitucional de antejuicio político.