El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) evaluó este viernes la apelación presentada por el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, quien busca revertir la resolución del Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo que le atribuyó una presunta vulneración al deber de neutralidad por el uso de una cámara del Parlamento en un acto proselitista de Keiko Fujimori.
Durante la audiencia, el exmagistrado Ernesto Blume, abogado de Rospigliosi, afirmó que no existe fundamento para responsabilizar al titular del Parlamento, pues el trabajador involucrado reconoció su error, fue separado del cargo y actuó sin autorización. Señaló que la sanción se sustentaría en una omisión, no en una acción directa que favorezca a una organización política, como exige la normativa electoral.
Blume recordó un precedente del Tribunal Constitucional que establece que un titular de entidad pública no puede ser responsabilizado por todos los actos de su personal subalterno, pues ello implicaría exigirle ser “omnisciente y omnipresente”. En ese sentido, sostuvo que el control de bienes del Congreso recae en el oficial mayor, no en la Presidencia del Legislativo.
El abogado también precisó que Rospigliosi dispuso medidas internas tras conocerse el incidente y que el trabajador responsable presentó su renuncia. Añadió que el servidor tenía una cámara idéntica a la institucional y que habría ocurrido una confusión al retirarse del evento.
Tras escuchar los alegatos, el pleno del JNE dejó el caso al voto. La decisión final determinará si se confirma o se revoca la sanción impuesta por el JEE de Pacasmayo en el marco del proceso electoral en curso.