El Poder Judicial admitió a trámite el recurso de apelación que presentó el exmandatario Pedro Pablo Kuczynski (PPK) para revocar la resolución judicial que ordenó el embargo en forma de retención de una parte de la pensión vitalicia mensual, ascendente a S/15 600.
Esta medida forma parte como parte de la investigación preparatoria que se le sigue a Kuczynski por el caso del Proyecto Eje Multimodal del Amazonas Norte (carretera IIRSA Norte) vinculado a Odebrecht.
El juez Ubaldo Callo Deza adoptó esta medida al determinar que el recurso presentado por el exjefe del Estado, el último 14 de octubre, cumple los presupuestos establecidos en el Código Procesal Penal para ser admitido.
La defensa legal del expresidente Pedro Pablo Kuczynski sostiene que la resolución emitida por el juez Raúl Justiniano Romero, el último 4 de octubre, en la que ordenó dicha medida, vulnera el derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales al resolver con una motivación aparente y sin desarrollar los fundamentos que sustentan su resolución.
Asimismo, indica que se vulneró el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, puesto que no se ha realizado un correcto test de proporcionalidad que resuelva la colisión de derechos, por lo que demanda que la instancia superior revoque la decisión impugnada y se declare infundada la solicitud de embargo en forma de retención que hizo la Procuraduría AD HOC para los casos Odebrecht y Lava Jato dentro de este caso.
Ante ello, el juez Ubaldo Callo Deza resolvió el último 10 de diciembre "conceder" este recurso de apelación y remitirlo a la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional instancia que, si lo admite a trámite, deberá convocar a una audiencia virtual para evaluarlo con la participación de las partes involucradas a fin de emitir una decisión al respecto en los próximos días.