Perú

Ratifican condenas por negociación incompatible en adjudicación municipal de Ite

Una Sala de Apelaciones confirmó penas contra antiguos integrantes del comité de selección distrital y un empresario, al acreditarse favorecimiento indebido durante un proceso de contratación pública con irregularidades graves y respaldo probatorio de la Contraloría.

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DIARIO VIRAL

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La Sala de Apelaciones confirmó las sentencias condenatorias contra tres exfuncionarios de la Municipalidad Distrital de Ite y el representante de una empresa contratista, al hallarlos responsables del delito de negociación incompatible en un proceso de adjudicación pública marcado por graves irregularidades.

Mediante la Resolución N.° 38, emitida el 29 de diciembre de 2025, el colegiado ratificó las condenas impuestas a Sandro Midward Paredes Zavala, Wilder Hugo Rurush Blácido y Jorge Anselmo Benavides Acosta, quienes actuaron como miembros del comité especial de selección municipal. Asimismo, se confirmó la condena contra Zenón Aguilar Bardales, representante legal de la empresa Zer Geosystem Perú S.A.C., en calidad de cómplice primario.

De acuerdo con los hechos acreditados durante el proceso judicial, los exfuncionarios favorecieron indebidamente a dicha empresa al otorgarle la buena pro, pese a la existencia de reiteradas irregularidades. Entre ellas, la falta de pluralidad de postores, la ratificación de términos de referencia restrictivos y la omisión de acciones destinadas a garantizar condiciones equitativas de competencia en el proceso de selección.

El tribunal concluyó que existió un interés indebido por parte de los funcionarios municipales, manifestado principalmente en la etapa de actuaciones preparatorias, lo que permitió generar ventajas exclusivas a favor de la empresa beneficiada. En ese sentido, la Sala descartó que los hechos constituyan simples faltas administrativas, precisando que, por su reiteración y gravedad, alcanzan relevancia penal.

Finalmente, la Sala respaldó la validez del informe especial de la Contraloría, señalando que este documento constituye una pericia institucional plenamente utilizable en el proceso penal, debidamente actuada durante el juicio oral y respetando los principios de contradicción e igualdad de armas.

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