El Gobierno prorrogó el estado de emergencia por el término de 30 días calendario, a partir del próximo 14 de marzo, en la provincia de Ica, región Ica.
Según el Decreto Supremo 031-2023-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, durante el tiempo que dure el estado de emergencia la Policía Nacional del Perú (PNP) mantiene el control del orden interno, con el apoyo de las Fuerzas Armadas (FF.AA.).
Asimismo, durante la prórroga del estado de emergencia se aplica lo dispuesto en el artículo 137 de la Constitución, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en incisos del artículo 2 de la Carta Magna.
Además, la intervención de la PNP y de las FF.AA. se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la policía, y en el Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional y su reglamento.
De igual modo, toma en cuenta el "Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad", aprobado por Decreto Supremo 002-2023-MIMP.
El dispositivo agrega que la implementación de las acciones previstas se financian con cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados, y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas.
Refrendan el decreto supremo la presidenta de la República, Dina Boluarte; el titular del Gabinete Ministerial, Alberto Otárola; y los ministros de Defensa, Jorge Chávez; del Interior, Vicente Romero; y de Justicia, José Tello.