Perú

PJ dispone que Reniec inscriba matrimonio de dos mujeres celebrado en Argentina

Demandante señala que se violaron el derecho de igualdad y no discriminación

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DIARIO VIRAL

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El Cuarto Juzgado Constitucional de Lima dispuso que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) proceda a inscribir el acta de matrimonio celebrado en el año 2019 entre una ciudadana peruana y una argentina.

La información fue difundida en la cuenta de Twitter de la Corte Superior de Justicia de Lima, la cual adjunta además el documento con la resolución del tribunal.

"Ordenamos al Reniec proceda con la inscripción del acta de matrimonio entre las ciudadanas Mónica Karen Coronado, de nacionalidad peruana, e Irina Nadia Picco de nacionalidad argentina, celebrado en el Registro Civil de la Provincia de Santa Fe (ciudad de Rosario), República Argentina", indica la sentencia.

Ambas contrajeron matrimonio el pasado 8 de marzo del 2019 y después, el 21 de mayo de 2019, solicitaron su inscripción ante el Consulado peruano en la ciudad de Rosario, pero este denegó en primera instancia administrativa su pedido.

Y en vía de apelación, la oficina central de Reniec en Lima ratificó la denegatoria en última instancia administrativa.

Ahora, al ordenar al Reniec esta inscripción del matrimonio de ambas mujeres, "se pide inaplicar el artículo 234 del Código Civil, que de forma literal permite el matrimonio únicamente entre varón y mujer".

 

 

¿Qué derechos se afectaron?

Coronado Salcedo entabló una demanda de amparo contra el Reniec al considerar que se violaron sus derechos constitucionales a la igualdad, a la no discriminación, entre otros.

La resolución, firmada por el magistrado Juan Macedo Cuenca, también declara nula la Resolución Gerencial N° 000120-2019/GR/Reniec del 22 de octubre de 2019 que denegó la inscripción del matrimonio.

"A juicio de este Tribunal, no es su rol distinguir la valía que tiene un vínculo familiar respecto de otro. No obstante, esta corte estima que sí es obligación de los estados reconocer estos vínculos familiares y protegerlos de acuerdo a la Convención", afirma la Corte.

Añade que hasta ahora en Perú no se ha publicado un nuevo Código Civil, por lo que "estamos ante una omisión flagrante y constante, dado que tenemos, conforme a la normatividad internacional de derechos humanos, una norma civil obsoleta, anticuada y sobre todo desactualizada".

Reconoce que las personas pertenecientes al colectivo LGTBI+ están expuestas a discriminación y que los estados tienen "la obligación de garantizar los derechos de las personas LGBTI, a partir de la regla de igualdad y prohibición de la discriminación".

 

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