La Corte Suprema de Lima rechazó la apelación al decreto supremo 004-2022-MIDAGRI, de octubre pasado, que ordenaba no producir leche evaporada utilizando el mismo insumo en polvo. De esta forma seguirá utilizando el término reconstituida en su presentación en lata.
De acuerdo a la apelación presentada por Gloria S.A., la prohibición afectaba su libertad de hacer empresa, en función a criterios de igualdad, proporcionalidad y razonabilidad. Desde el Poder Judicial indicaron que no se prohibía utilizar leche en polvo sino que se estaba actualizando los procedimientos para producir y distribuir leche evaporada.
De esta manera, el tarro azul de Gloria seguirá con la denominación de leche reconstituida como venía cumpliéndose desde octubre del año pasado. Desde la empresa auncaron que apelarán esta decisión.