Venció el plazo del Decreto de Urgencia que establecía que a partir del 24 de febrero de este año, las farmacias y boticas ya no están obligadas a ofrecer medicamentos genéricos esenciales para la población.
¿QUÉ PASÓ? En octubre del 2019 el Ministerio de Salud (Minsa) emitió el Decreto de Urgencia 007-2019, que obligaba a los establecimientos de salud públicos y privados tener disponible y demostrar la venta de una lista específica de 31 medicamentos genéricos esenciales de estos fármacos. Según la norma, esta lista tendría vigencia hasta diciembre del 2020. En caso las farmacias y boticas no cumplían con esta disposición eran sujetas a una multa de 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT).
Durante la pandemia, en mayo del 2020, el gobierno publicó el Decreto de Urgencia 059-2020, estableciendo que la lista de medicamentos genéricos esenciales de obligatoria disposición en farmacias y boticas tendría vigencia hasta nueve meses después de culminar la declaración de Emergencia por Covid 19.
La emergencia sanitaria concluyó el 25 de mayo del 2023. Así, los nueve meses posteriores se cumplieron el 24 de febrero del 2024, sin ninguna norma adicional del Minsa para prorrogar la vigencia de esta obligación. Es así que desde el 25 de febrero, los establecimientos públicos y privados ya no están obligados, bajo riesgo de multa, a contar con un stock de medicamentos esenciales genéricos.
Cabe resaltar, que los medicamentos genéricos pueden ser hasta 50 veces más baratos que los de marca, señala el exministro de Salud, Víctor Zamora.