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Vacancia inmediata: un precedente histórico

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¿Son golpistas los congresistas que votaron por la vacancia presidencial en contra de Pedro Castillo? NO. El expresidente Castillo fue vacado por la causal de permanente incapacidad moral, según el numeral 2 del artículo 113 de la Constitución; votaron por la vacancia 101 parlamentarios, superando los dos tercios (87 votos) exigidos por el literal d) del artículo 89-A del Reglamento del Congreso de la República. Los congresistas no son golpistas.

¿Es la señora presidenta Dina Boluarte usurpadora del Poder? NO. Ante la declaración de vacancia del cargo de presidente de la República en contra de Pedro Castillo, la primera vicepresidenta Dina Boluarte asumió la Jefatura de Estado por sucesión constitucional, de conformidad con el artículo 115 de la Constitución. La señora Dina Boluarte no es usurpadora.

¿Pedro Castillo es un preso político? NO. El señor Castillo está en la cárcel por medida coercitiva de prisión preventiva, a solicitud de la Fiscalía de la Nación y por mandato del Poder Judicial, en atención del artículo 268 del Código Procesal Penal; sus abogados apelaron contra la prisión preventiva, siendo rechazada por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, confirmando la prisión preventiva. Pedro Castillo es un preso común, investigado por el delito en flagrancia contra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional de Rebelión y Conspiración, tipificados en los artículos 346 y 349 respectivamente del Código Penal. 

¿Quién es el golpista y usurpador? Es Pedro Castillo, porque el día 07 de diciembre de 2022, estando en Palacio de Gobierno, en un mensaje al país, transmitido por los medios de comunicación del Estado y privados, dispuso la disolución del Congreso, en transgresión de los artículos 134 y 118.1 de la Constitución. Y, ordenó, ilegalmente, la reorganización del Ministerio Público, Poder Judicial, Tribunal Constitucional y Junta Nacional de Justicia.

Pedro Castillo, se convirtió en usurpador, a tenor del artículo 46 de la Constitución, dice: “Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones en violación de la Constitución y de sus leyes”. El Perú ha sentado el precedente de, vacar al usurpador, inmediatamente, lo cual es absolutamente, constitucional.

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