El Decreto Supremo N.° 033-2025-RE, que aprueba el Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), marca un nuevo capítulo en la relación entre el Estado y las organizaciones no gubernamentales (ONG).
La norma busca reforzar el control de los fondos extranjeros que circulan en el país y sancionar el desvío de recursos.
La cooperación internacional ha sido un motor importante para proyectos sociales, ambientales y de derechos humanos. Sin embargo, también se han registrado casos de descontrol financiero y de organizaciones que utilizan su fachada para fines políticos o ideológicos. El RIS responde a esa preocupación, estableciendo parámetros más estrictos para garantizar que los fondos externos estén alineados con las prioridades del desarrollo nacional.
No obstante, el debate es legítimo. Mientras algunos legisladores celebran la norma por poner orden en el manejo del dinero, otros advierten que este control puede limitar la autonomía de las ONG y frenar su capacidad de acudir a instancias internacionales cuando se vulneran derechos. El riesgo, como señala el congresista Jaime Quito, es que el reglamento termine debilitando a organizaciones que cumplen un rol de vigilancia ciudadana.
En este contexto, el reto para el Perú es encontrar el equilibrio: garantizar la transparencia de los fondos sin sofocar el trabajo legítimo de la sociedad civil. La supervisión debe ser firme frente a la corrupción, pero no puede convertirse en un instrumento de censura o persecución. Las ONG, cuando actúan con transparencia, son aliadas del desarrollo y de la democracia.