La Sunat dispuso un cambio en el procedimiento para el cobro del IGV e IPM a servicios digitales prestados desde el extranjero, como Netflix, Google, Meta y YouTube. La medida fue formalizada mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000024-2026/SUNAT y publicada el 13 de febrero en el Diario Oficial El Peruano. Aunque el impuesto ya estaba vigente, ahora se modifican las reglas para su declaración, pago y compensación, impactando tanto a empresas como a usuarios individuales que contratan publicidad digital, streaming o software en la nube.
Según la entidad tributaria, el nuevo esquema busca que cada pago del IGV esté vinculado directamente al comprobante de la operación realizada. En la exposición de motivos se precisa que la reforma apunta a “optimizar la gestión tributaria y facilitar el cumplimiento para los contribuyentes”. La SUNAT sostiene que con este ajuste se reducirá el margen de error y se mejorará la trazabilidad de los pagos asociados a plataformas digitales extranjeras.
Uno de los cambios más relevantes se aplicará en el aplicativo Declara Fácil 617, donde se incorporará información adicional en el registro electrónico de compras para automatizar procesos y disminuir la carga administrativa. Además, se reducirá el plazo para la reversión de la Liquidación de Compra Electrónica (LCE), lo que limitará modificaciones posteriores y fortalecerá la fiscalización. La entidad sustenta estas medidas en las facultades otorgadas por la Ley del IGV e IPM y el Código Tributario.
La propuesta permanecerá en consulta pública por 15 días calendario para recibir aportes ciudadanos. Las observaciones podrán presentarse en la Mesa de Partes de la SUNAT o a través de su plataforma virtual. Con esta actualización, Perú se alinea con otros países de la región que han reforzado la fiscalización de servicios digitales transfronterizos, en un contexto donde el consumo de plataformas de streaming y publicidad online sigue en crecimiento.