La Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 del Indecopi inició un procedimiento administrativo sancionador contra las empresas Viva Airlines Perú S.A.C. y Fast Colombia SAS Sucursal Perú por suspender sus operaciones de manera intempestiva el 27 de febrero, afectando a cientos de pasajeros.
Según la Secretaría Técnica, las empresas habrían infringido el Código de Protección y Defensa del Consumidor por cancelar sus vuelos por hechos que son su responsabilidad, afectando las expectativas de los consumidores.
Además se le acusa de no implementar mecanismos que permitan absolver de manera adecuada y oportuna las consultas presentadas de los pasajeros afectados ante la cancelación de sus vuelos, no reembolsar el dinero que los pasajeros pagaron por sus boletos para viajar a partir del 27 de febrero de 2023, entre otros.
La Secretaría Técnica de la Comisión de Protección al Consumidor N° 3 además dictó una medida cautelar a ambas empresas, con el propósito de evitar que el perjuicio ocasionado a los consumidores se pueda tornar en irreparable.
CIFRAS. Solo en los primeros cuatro días de suspensión de vuelos, Viva Air afectó los derechos de cuatro mil pasajeros en el Perú que habían comprado boletos. La empresa además tenía una participación importante en el mercado colombiano donde abarcaban el 15% y esperaban fusionarse con Avianca. Sin embargo, no pudieron hacerlo.