Hoy lunes 15 de mayo vencerá el plazo para que los empleadores de las micros, pequeñas, medianas y grandes empresas, según sea el caso, depositen la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), beneficio correspondiente al período semestral noviembre 2022-abril 2023.
Al respecto, la Cámara de Comercio de Lima (CCL), por medio de su gerente del Centro Legal, Álvaro Gálvez, señaló siete aspectos importantes que debes tomar en cuenta para el depósito y el retiro de la CTS:
1. Cálculo por tipo de empresa. El monto de la CTS por depositar varía según el tipo de empresa y el tiempo laborado en el período semestral.
2. Los trabajadores que al 30 de abril del 2023 tengan menos de un mes de servicio, no tienen derecho al depósito de la CTS que vencerá el 15 de mayo de este año.
3. Libre disponibilidad del 100% de la CTS por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2023.
4. Recuerde que se mantiene vigente la Ley n.° 30334, los trabajadores pueden retirar de su CTS el exceso de cuatro sueldos.
5. Conforme a ley, no tienen derecho a este beneficio: los trabajadores que laboran menos de cuatro horas diarias; los que perciben el 30% o más de las tarifas que paga el público; los trabajadores de la microempresa contratados después de su inscripción de la empresa en el Remype; los trabajadores que perciben remuneración anual integral; los trabajadores del régimen laboral agrario que han optado por cobrar su CTS juntamente con su remuneración.
6. Los depósitos de la CTS pueden ser embargados cuando el trabajador tenga deudas por alimentos y hasta el 50%.
7. Multas por no depositar la CTS. De no depositar la CTS, dentro del plazo establecido, será considerado como infracción grave.