El flamante ministro de Economía, José Arista, opinó sobre los comentarios optimistas de su antecesor Alex Contreras, quien al dejar el cargo aseguró que la economía estaba reactivada. Ante esto, Arista señaló que quisiera tener ese optimismo.
“Hay algunos indicadores de enero que a él le autorizan dar esa opinión, pero en estadística tú no puedes inferir una línea cuando solo tienes un punto. Yo siempre digo ya quisiera tener el 10% de optimismo que tiene Alex. Esperemos ver los resultados de estos meses que vienen”, alegó Arista.
Mientras que hoy mediante un Decreto Supremo, el gobierno aceptó que la economía no se recuperó y aprobó 10 medidas para la reactivación.
"A pesar de que las expectativas económicas para el cierre del año 2023 proyectaban una recuperación de la economía del país, esto no se ha observado, lo cual conlleva a una afectación de los actores económicos, con principal énfasis en los sectores más vulnerables, al verse reducido el crecimiento del Producto Bruto Interno, los niveles de consumo privado, inversión privada y empleo”, se lee en la resolución.
MEDIDAS:
- Las Cajas Municipales de Crédito Popular y las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito deberán adoptar un acuerdo de capitalización por el íntegro de las utilidades. obtenidas en el año 2023.
- Se autoriza una transferencia de partidas en favor del Fondo para la Inclusión. Financiera del Pequeño Productor Agropecuario por la suma de S/100 millones.
- Disponen que la clasificación de riesgo para las Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público debe ser igual o superior a C, sobre estados financieros al 31 de diciembre de 2022 o más reciente.
- El Foncodes ejecutará actividades de mantenimiento de infraestructura vial de caminos de herradura y caminos vecinales.
- Se autoriza el financiamiento para la adquisición de bienes manufacturados por las
MYPES.
- Se entregará alimentos a población vulnerable.
- Habrá más responsabilidad y limitación sobre el uso de los recursos.
- Se suspende temporalmente la sexta disposición complementaria final del Decreto Legislativo N.º 1275,