Ya es noviembre y miles de empleadores se preparan para cumplir con una de las obligaciones más importantes del año: el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Aunque el plazo legal vence el 15 de noviembre, este año esa fecha caerá en sábado, por lo que el abono podrá realizarse hasta el lunes 17 sin sanción alguna.
Como se sabe, la CTS protege al trabajador frente al cese y su incumplimiento puede costar multas de hasta S/139 mil, dependiendo del tamaño de la empresa. “La CTS no es un trámite menor. El empleador debe tener claro que la ley exige tanto el depósito oportuno como la entrega de la hoja de liquidación”, explica el abogado de Editorial Economía y Finanzas (EEF) David Corthorn. Sin embargo, debido a las normas que permiten el retiro total, el fondo perdió su carácter de reserva, pues podrá ser accesible hasta el 31 de diciembre de 2026 y luego hasta el 50 % de manera permanente.
La CTS corresponde a todos los trabajadores formales en planilla del régimen privado, con contrato fijo o indefinido, siempre que laboren al menos cuatro horas diarias. Corthorn aclara que “uno de los errores más comunes es asumir que todos los empleados deben recibir CTS, cuando la ley establece límites claros según el tipo de jornada o el régimen empresarial”. Los trabajadores part time y quienes integran microempresas registradas en el REMYPE no califican, mientras que los del régimen de pequeña empresa tienen un tope menor de hasta 90 remuneraciones diarias por año de servicio.
El depósito de noviembre cubre el semestre mayo–octubre de 2025 y debe calcularse con la remuneración vigente al mes de octubre. Según la Ley de CTS (D. Leg. 650), el monto se obtiene en función a los meses completos laborados. “Si un trabajador ingresó en julio, el depósito deberá cubrir cuatro meses completos, calculados sobre su remuneración de octubre. Es fundamental revisar estos detalles para evitar errores de liquidación”, agrega el especialista de EEF. La omisión o el retraso en el pago pueden derivar en multas y el pago automático de intereses generados.
Sunafil recuerda que no entregar la hoja de liquidación dentro de los cinco días hábiles posteriores constituye una infracción leve sancionada hasta con S/83 mil, mientras que no depositar la CTS íntegra o a tiempo es considerada infracción grave, con multas de S/2 mil 407 a S/139 mil. Más allá de las sanciones, el cumplimiento de esta obligación no solo resguarda la economía del trabajador, sino también la reputación y estabilidad legal de las empresas en el cierre del año fiscal.