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INPE confirma que Adrián Villar cumplirá prisión preventiva en el penal Castro Castro

El joven investigado por la muerte de la deportista Lizeth Marzano permanecerá recluido nueve meses en el establecimiento penitenciario de San Juan de Lurigancho mientras continúan las diligencias del Ministerio Público

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DIARIO VIRAL

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El Instituto Nacional Penitenciario del Perú (INPE) informó que Adrián Villar Chirinos fue clasificado para cumplir la medida de prisión preventiva en el Establecimiento Penitenciario Miguel Castro Castro, ubicado en el distrito de San Juan de Lurigancho.

El joven, de 21 años, permanecerá recluido en ese centro penitenciario mientras se desarrolla la investigación en su contra por los presuntos delitos de homicidio culposo, omisión de socorro y fuga del lugar del accidente que provocó la muerte de la deportista Lizeth Katherine Marzano Noguera.

La medida de prisión preventiva por nueve meses fue dictada por el 33.º Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima. El juez Adolfo Fernando Farfán acogió el requerimiento de la Fiscalía al considerar que existen graves y fundados elementos de convicción, una posible pena superior a cinco años y riesgo procesal que justificaría la medida cautelar.

De acuerdo con la resolución judicial, Villar permanecerá privado de libertad hasta el 25 de noviembre de 2026, mientras continúan las diligencias del Ministerio Público.

El caso generó amplia repercusión pública debido al perfil de la víctima y a las circunstancias que rodearon el accidente. Según la investigación fiscal, el 17 de febrero de 2026 Marzano fue atropellada en el distrito de San Isidro por un vehículo conducido por Villar, quien tras el impacto se retiró del lugar sin prestar auxilio.

Las cámaras de seguridad y los testimonios recogidos permitieron identificar el automóvil involucrado y reconstruir la secuencia de los hechos. El vehículo pertenece a la periodista Marisel Linares, pareja del padre del investigado, quien también ha sido mencionada en la investigación por presunto encubrimiento.

El juez señaló que el imputado no se presentó ante las autoridades tras el accidente, cambió de domicilio y evitó contacto con la justicia hasta su detención. Asimismo, el análisis de arraigo concluyó que no contaría con vínculos familiares, laborales o académicos sólidos, lo que incrementaría el riesgo de fuga.

Por estas razones, el juzgado consideró que la prisión preventiva es la medida necesaria para asegurar la presencia del investigado durante el proceso penal y evitar posibles obstáculos en la investigación.

La Fiscalía estima que la pena podría alcanzar hasta ocho años de prisión por la concurrencia de los delitos investigados, mientras que el juzgado descartó los argumentos de la defensa sobre la aplicación de agravantes, señalando que la inobservancia de reglas de tránsito y el uso de un vehículo se aplican de manera independiente según el artículo 111 del Código Penal.

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